El titular del Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, ha dictado un auto en el que afirma que existen indicios de que Podemos habría cometido delitos de financiación ilegal y delito electoral que justifican su investigación como persona jurídica.
Con este auto, Escalonilla ratifica la imputación de la formación morada debido a la «distracción» de 308.257 euros de sus cuentas electorales para fines distintos mediante un «contrato simulado» con la consultora Neurona.
En el auto de Escalonilla se refleja que en el informe realizado por la Fiscalía del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas de Podemos «se expone y se justifica el rechazo de la consideración de gasto electoral de los servicios prestados por Neurona Comunidad S.L, en base al contrato firmado entre las partes el día 6 de mayo de 2019». El juez Escalonilla confirma que «existen indicios de la presunta distracción de fondos de las cuentas electorales para fines distintos de los contemplados en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General LOREG». Para Escalonilla, además, se infieren «indicios de que el contrato formalizado con Neurona Comunidad, entidad constituida mediante escritura pública de 19 de marzo y por tanto y presumiblemente a los solos efectos de suscribir dicho contrato, se trató de un contrato simulado, habiendo sido transferidos finalmente a través de dicha sociedad un total de 308.257,20 euros a la mercantil Creative Advice Interactive, situada en Estados Unidos”
«En el extracto de la cuenta de dicha sociedad mercantil puede comprobarse que aparte de las comisiones cobradas por el administrador de dicha entidad, no constan gastos de personal ni de medios materiales». Expone además que «consta que el pago del precio de dicho contrato formalizado con Neurona Comunidad se realizó desde las cuentas electorales del partido político Podemos, tratándose por ello dicha distracción de dicho dinero presuntamente constitutiva de delito electoral, que es un delito especial que solo puede ser cometido por los administradores generales y de las candidaturas, así como por las personas autorizadas a disponer de las cuentas electorales. Para el juez «los hechos podrían ser igualmente constitutivos de un delito de financiación ilegal de partidos políticos».