La reforma del Código Penal de 2015 introduce un nuevo riesgo para las organizaciones empresariales: las personas jurídicas (sociedades, asociaciones, fundaciones, cooperativas, etc.) serán penalmente responsables de los delitos cometidos en el seno de la organización por:
¿Qué penas pueden ser impuestas?
Sanciones económicas, el cese temporal de la actividad, la clausura de locales y establecimientos, la intervención judicial, la prohibición de realizar en el futuro actividad económica, la perdida de beneficios fiscales y subvenciones y hasta la disolución de la sociedad.
La misma sanción económica que a la persona jurídica y penas de privación de libertad de hasta 12 años.
Un Manual de Compliance advierte de una manera metódica y ordenada a toda la organización acerca de lo que se puede y no se puede hacer.
Además, una buena parte de estas conductas delictivas pasan inadvertidas
para el órgano de administración.
Prestamos este servicio a través de nuestra marca Q&R Compliance. Nuestros servicios incluyen:
Abogado responsable: Luis del Riego Alonso: Socio en Queipo & Riego Abogados. Oviedo – Madrid. Abogado Colegiado 4558 del ICAO. Experto en: Derecho penal general y económico, responsabilidad penal de las personas jurídicas (compliance programs), protección frente al lavado de dinero y delitos a través de internet (cribercrimen). Compliance Officer, Delegado de Protección de Datos y consultor de prevención de blanqueo de capitales en múltiples empresas y entidades.