La Asociación Taxi Project 2.0 ha presentado el pasado miércoles una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra las empresas de alquiler de vehículos con conductor Uber y Cabify por infracciones en la legislación de protección de datos.
El responsable de dicha Asociación ha explicado que han presentado un "extenso dossier" con pruebas que acreditarían que tanto Uber como Cabify "incumplen sistemáticamente" hasta ocho artículos diferentes entre normativas europeas y estatales sobre protección de datos.
Los informes, hechos por "abogados e informáticos de muy alto nivel", demuestran que hay indicios suficientes para que la AEPD actúe de oficio.
"Cuando un usuario contrata un servicio con Uber o Cabify no sabe qué pasa con sus datos personales ni a qué están expuestos cuando llegan al conductor o a la tercera empresa a la que pertenece el vehículo de transporte con conductor (VTC) que tiene que recogerle. Y del mismo modo, tampoco te aseguran que el conductor se corresponda con el que te da la aplicación".
Esto es muy grave pues en el Reglamento Europeo de Protección de datos nos encontramos con el principio de “limitación de la finalidad”. Esta limitación consiste en que los datos personales deben recabarse con fines determinados, explícitos y legítimos y utilizarse únicamente para las finalidades para las que se recogieron. De este modo, si a posteriori queremos realizar un tratamiento de dichos datos para una finalidad completamente diferente, deberemos volver a recabar el consentimiento del interesado, informando al usuario de este nuevo tratamiento y de toda la información que el citado cuerpo legal exige para el caso concreto. La omisión de estos deberes suponen una infracción muy grave sancionada con multas mínimas de 100.000,00 Euros.
"Uber, incluso con una sentencia del TJUE que dice que prestan un servicio de transporte, sigue diciendo que es un intermediario y que no se responsabiliza de lo que le pueda pasar al consumidor que contrate sus servicios y obligan a aceptar esa cláusula, mientras que Cabify se presenta como una agencia de viajes pero hace lo mismo", ha añadido.
Esto es igualmente bastante grave, pues el citado Reglamento Europeo obliga a las empresas que recogen datos personales a informar al usuario si esos datos se cederán a terceras empresas, indicando quiénes sean esas empresas, qué carácter tienen e igualmente qué van a hacer con esos datos personales.
Al igual que en el caso anterior, esta actividad supone una infracción muy grave sancionada con multas mínimas de 100.000,00 Euros.
Finalmente la asociación ha anunciado que dirigirá más acciones relacionadas con estos hechos denunciados a los organismos competentes en materia de consumidores y usuarios.