Importancia de la formación y las nuevas tecnologías a la hora de implantar el Compliance Penal.
La correcta y eficaz implantación del compliance penal en la empresa requiere lógicamente el aprendizaje y comprensión de sus contenidos y conceptos por parte de sus destinatarios, que no son sino los trabajadores y directivos de la empresa
El hecho de llevar a cabo las labores de formación utilizando las nuevas tecnologías, implica importantes ventajas, entre las que destacamos las siguientes:
- Acreditar que los empleados han comprendido los contenidos de la formación: Las nuevas tecnologías permiten no solo difundir los contenidos de la formación mediante vídeos, sino además poder evaluar a los empleados mediante la realización de test de comprensión de las materias impartidas en tales vídeos.
- En virtud de los resultados de tales test, se pueden realizar labores para reforzar la comprensión de determinadas partes del programa.
- Tales vídeos y materiales pueden utilizarse igualmente para nuevos trabajadores que se incorporen a la empresa, ahorrándose así los correspondientes recursos de formación.
- Las acciones formativas llevadas a cabo pueden archivarse y contar así con un historial de acciones formativas ejecutadas, lo que puede servir a distintos fines de la empresa, así como hacer de prueba en caso de que sea solicitada para alguna finalidad específica o incluso en juicio (por ejemplo para que la empresa obtenga eximentes y atenuantes de la responsabilidad penal).
- Los empleados pueden recibir la formación indiferentemente del lugar donde se encuentren.
- La formación puede extenderse fácilmente a un número importante de trabajadores.
- Se refuerza, complementa y prestigia el sistema de formación de la empresa.
- Flexibilidad para añadir funcionalidades adicionales, más allá de la formación.
Además de una cuenta de formación, los empleados podrían también tener acceso a través del mismo sistema, a un canal de denuncia para cumplir con la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 de protección de los denunciantes que deberá que transponerse a la ley nacional española y entrar en vigor antes del 15 de mayo de 2021. O tener acceso al código ético y de conducta de la empresa.
Queipo y Riego Abogados cuenta con una potente plataforma de formación que permite a las empresas contar con todas las ventajas enumeradas al implantar un Plan de Compliance Penal.
Luis del Riego Alonso. Abogado
Compliance Officer y DPO