Qué es el delito de estafa y qué elementos requiere

Qué es el delito de estafa y qué elementos requiere

Aquí tenemos unas pautas sobre el delito de estafa

Para que pueda considerarse que se ha cometido un delito de estafa, es necesario que concurran estos requisitos:

  • Un engaño “precedente o concurrente” a la defraudación: Es decir, que lo primero que tiene que suceder  es que una persona engañe a otra. El engaño puede consistir, por ejemplo, en usar nombre fingido, atribuirse poder, influencia o cualidades supuestas, aparentar riqueza, en fin, cualquier excusa relevante. 
  • Pero no basta con cualquier engaño, sino que: Dicho engaño ha de ser «bastante», es decir, suficiente y proporcional para que la persona que engaña pueda conseguir el fin que se ha propuesto,  y que  aparente realidad y seriedad suficientes para engañar a personas de mediana perspicacia y diligencia.
  • Error esencial en el sujeto pasivo:  es decir, que provoque un error en el sujeto pasivo.  Entre el engaño del actor y el error de la víctima ha de haber una relación de causa a efecto. Esto hace que la persona víctima del engaño actúe bajo la falsa presuposición de que la otra persona le ha manifestado la verdad.
  • Acto de disposición patrimonial: como consecuencia del engaño, que a su vez ha causado un error en la víctima, tiene que producirse la entrega de un bien de forma voluntaria, lo que conlleva de forma directa la producción de un perjuicio patrimonial en quien lo sufre. 
  • Ánimo de lucro: lo que quiere el estafador  es lograr un beneficio a costa de la persona engañada, por tanto hay una relación entre el perjuicio de la víctima y el beneficio del actor.

 

Señala la LOCP que también será constitutivo de delito de estafa, las siguientes actuaciones:

  • Valerse de alguna manipulación informática o artificio semejante para, con ánimo de lucro, conseguir realizar una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonio en perjuicio de un tercero.
  • Fabricar, introducir, poseer o facilitar programas informáticos que de destinen específicamente a cometer estafas.
  • La utilización de tarjetas de crédito o de débito, o cheques de viaje, o de los datos que obren en estos objetos, para realizar operaciones de cualquier tipo perjudicando al titular de las mismas o a un tercero.